“Estamos conformes, lo que pedíamos era que dejen de cobrarnos el impuesto hasta tanto se resuelva la constitucionalidad o no de un artículo de la ley”, dijo ayer el médico Jorge Jorja, director del hospital de alta complejidad René Favaloro de Santa Rosa. Aludía al fallo que dictó el Juzgado Federal de Santa Rosa favorable a la medida cautelar que el profesional de la salud y decenas de sus colegas presentaron en agosto con el patrocinio de los abogados Andrés Gil Domínguez y Rodrigo Villa.
“Es una medida cautelar, es algo preliminar”, explicaron desde el Juzgado ante la consulta de este diario. “Lo que tenemos que fijarnos nosotros es si hay una verosimilitud en el derecho que invoca el denunciante y un peligro en la demora. Es ver si la persona que está reclamando efectivamente tiene el derecho a hacer el reclamo, obviamente la respuesta fue positiva, y se pasó al segundo tema, que es el peligro en la demora. ¿Qué es? Si no se le restituye el derecho, tiene algún peligro en su salud, su bolsillo, su libertad… Sí, lo tiene porque le empiezan a descontar los porcentajes por el Impuesto a las Ganancias y la persona va a ver disminuido su sueldo, su capital. Por eso se le hizo lugar”, añadieron.
¿Cómo sigue el proceso? Ahora el organismo nacional que le iba a retener Ganancias a los médicos que presentaron el amparo, ya no puede hacerlo. Mientras tanto el trámite judicial respecto al pedido de inconstitucionalidad de la medida sigue normal, con vista a las partes, presentación y producción de pruebas, entre otras medidas.
Eliminado y restituido.
Cabe recordar que la restitución del cobro del Impuesto a las Ganancias para la cuarta categoría fue restituida por el actual gobierno nacional a través del paquete fiscal que se aprobó en el Congreso junto con la Ley Bases. De ese modo, el presidente Javier Milei revirtió la decisión del anterior gobierno del Frente de Todos de eliminar la percepción de ese impuesto para los trabajadores. Paradójicamente, en aquella votación en el Congreso, el ahora presidente de la Nación, que era diputado nacional, había votado a favor de quitar ese gravamen.
El 19 de agosto último, Gil Domínguez presentó una acción declarativa de inconstitucionalidad del artículo del paquete fiscal que restituyó Ganancias. Lo hizo en representación de más de 150 profesionales de la salud de la provincia. Junto con el pedido de inconstitucionalidad, presentó una medida cautelar de no innovar mediante la cual se suspendan los efectos del Título V (Impuesto a las Ganancias) de la ley 27743 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la presente causa.
Afectación directa.
El constitucionalista dijo que la ley aprobada en el Congreso “generaba una afectación directa e inmediata respecto del derecho de propiedad y de protección del trabajo” de sus defendidos.
En representación de la AFIP se presentaron las abogadas Amparo Weigel Lapacó y Lorena Andreotti, quienes destacaron que el procedimiento de formación y sanción de la Ley 27743 fue de acuerdo a los parámetros exigidos por la Constitución Nacional, en particular por el art. 81 de la misma. En segundo lugar, plantearon la improcedencia de la medida cautelar peticionada, por no demostrar la parte actora de modo alguno el peligro en la demora y el daño irreparable que le podría ocasionar el rechazo de la misma.
Baric, en cambio, sostuvo que el daño irreparable se veía configurado “en razón de la inminencia de las liquidaciones de los haberes de los empleados profesionales de la salud que acompañaron como prueba documental, en los cuales consta el descuento del tributo en cuestión y en una posible afectación inmediata del derecho de carácter alimentario que se encuentra en juego y el riesgo que eventualmente podría ocasionar no otorgar el resguardo peticionado con anterioridad a la decisión definitiva de la causa”.
Los beneficiados no fueron todos los médicos que se sumaron a la demanda, sino los 140 que acreditaron haber sido alcanzados por el Impuesto a las Ganancias.
(La Arena)